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Análisis semanal | Las reformas electorales que dejó la crisis 2025: la prueba de fuego para el Congreso Nacional y los órganos electorales

Análisis Semanal 29 de septiembre de 2026
Escrito por: Osiris Payes
28 de septiembre, 2026.

El 21 de septiembre, la Mesa de Propuestas de Reformas Electorales entregó a la Presidencia del Congreso Nacional, a la Comisión de Asuntos Electorales[1], al Consejo Nacional Electoral (CNE)[2], a la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos (UFTF)[3] y al Tribunal de Justicia Electoral (TJE)[4] un conjunto de propuestas construidas por organizaciones de la sociedad civil[5]. Entre abril y septiembre, organizaciones con trayectorias e intereses distintos discutieron el funcionamiento de las instituciones electorales, la representación política, el financiamiento de campañas, la jornada electoral y la transmisión de resultados. El CESPAD participó en ese proceso y el PNUD brindó apoyo metodológico como Secretaría Técnica. El acuerdo alcanzado es un hecho político relevante: demuestra que actores diversos pudieron identificar problemas comunes y formular respuestas para someterlas al debate legislativo.

La entrega ocurre menos de un año después de las elecciones generales de 2025, cuyo cierre dejó al descubierto la fragilidad del sistema electoral hondureño y profundizó la desconfianza ciudadana en la capacidad de las instituciones para garantizar resultados verificables, oportunos y legítimos.

En ese contexto, el valor de la propuesta presentada no está en el número de artículos que pretende modificar ni en la amplitud de los temas que incorpora. Su importancia radica en responder a un problema recurrente al cierre de los procesos electorales en Honduras: las dificultades del sistema para procesar la alta competencia política mediante reglas claras, instituciones confiables y procedimientos capaces de producir certeza jurídica. Las crisis que acompañan esos cierres muestran que esta transformación sigue pendiente.

La pregunta central es hasta dónde es posible transformar las reglas electorales cuando su aprobación depende de los mismos actores partidarios que compiten, negocian y acumulan poder bajo el diseño vigente. Las lecciones del proceso electoral de 2025 y las propuestas presentadas permiten examinar esa tensión: si las debilidades expuestas por la crisis encontrarán respuesta en el Congreso Nacional o si la discusión volverá a quedar detenida antes de producir cambios.

La crisis de 2025 no fue únicamente un problema técnico

Una lectura reducida de las elecciones de 2025 podría atribuir la crisis a fallas tecnológicas, desacuerdos entre consejeros electorales, problemas de logística o decisiones administrativas tomadas durante el proceso. Sin embargo, esa explicación resulta insuficiente. Las dificultades observadas expresaron problemas estructurales acumulados en el diseño, funcionamiento y capacidad institucional del sistema electoral.

Estas son algunas de las debilidades estructurales más significativas y las propuestas para atenderlas:

  1. Selección de autoridades y profesionalización electoral. La crisis de 2025 evidenció cómo las lealtades partidarias atraviesan el funcionamiento de las instituciones electorales, desde las posiciones expresadas por integrantes del Pleno hasta la integración de sus dependencias técnicas. El documento busca reducir esa influencia en dos niveles. Para elegir a las autoridades del CNE, el TJE y la Unidad de Política Limpia, plantea convocatorias públicas, períodos de tachas y denuncias, audiencias y evaluaciones a cargo de comités de expertos. Las matrices de calificación serían vinculantes. El Congreso solo podría elegir entre quienes alcancen la puntuación requerida e integren una nómina depurada, en lugar de escoger libremente entre todas las postulaciones. La propuesta también establece restricciones para quienes hayan ocupado cargos de dirección partidaria en los últimos cuatro años y promueve carreras técnicas y judiciales basadas en el mérito[6]. Así, la profesionalización alcanzaría tanto a quienes toman las decisiones como a quienes deben ejecutarlas.
  2. Autonomía financiera y presupuesto oportuno. La independencia de los órganos electorales también se pone a prueba cuando necesitan recursos para funcionar. Los presupuestos del CNE, el TJE y la UFTF han quedado sujetos a negociaciones en el Congreso Nacional que retrasaron actividades esenciales y generaron incertidumbre. El documento busca cambiar esa dinámica: que cada institución formule con anticipación los recursos para sus funciones permanentes y las necesidades especiales del ciclo electoral; que estos se discutan y aprueben anualmente junto con el Presupuesto General de Ingresos y Egresos de la República; y que Finanzas efectúe los desembolsos en los plazos previstos[7]. Con fondos aprobados y disponibles a tiempo, las instituciones podrían planificar y cumplir sus responsabilidades sin que cada etapa decisiva dependa de una nueva negociación política.
  3. Transmisión, verificación y declaratoria de resultados. Las consecuencias de esas debilidades se hicieron visibles en la transmisión de resultados (TREP). Los problemas registrados en las pruebas, la transmisión y la divulgación de resultados, junto con los cuestionamientos públicos de las propias autoridades electorales, debilitaron la confianza en la información que recibía la ciudadanía. Aunque se reiteró que los datos preliminares tenían una función informativa[8], el cierre del proceso mostró las consecuencias de no contar con una separación suficientemente protegida entre esa información y el escrutinio[9]. Frente a esa experiencia, el documento propone que el CNE desarrolle y administre un TREP propio, permanente y sujeto a auditorías externas cuyos resultados sean públicos. Plantea también la doble digitación independiente de las actas, el registro de los cambios realizados a los sistemas y una regla expresa: el escrutinio general es la única base jurídica válida para determinar los resultados y efectuar la declaratoria[10]. La finalidad es que una falla informática o una decisión sobre el sistema no altere, sin control ni explicación, la manera en que se conoce y verifica la voluntad expresada en las urnas.
  4. Escrutinio especial y justicia electoral. Las inconsistencias de las actas debían resolverse mediante la verificación y el recuento de votos. Sin embargo, el escrutinio especial enfrentó demoras, interrupciones y disputas partidarias que prolongaron la incertidumbre en una elección presidencial estrecha. Parte de esos conflictos llegó al Tribunal de Justicia Electoral (TJE), donde, según el informe poselectoral del CESPAD[11], se rechazaron recursos por motivos procesales mientras persistían cuestionamientos sobre la verificación de resultados. Algunas controversias terminaron trasladándose a la jurisdicción constitucional. El documento responde a esa cadena de dificultades. Busca armonizar los plazos de revisión, recuento, nulidad y apelación; permitir que el silencio del CNE ante solicitudes sustantivas habilite su impugnación mediante la negativa ficta; y asegurar que el TJE pueda funcionar sin interrupciones, resolver oportunamente y hacer cumplir sus sentencias[12]. Se trata de evitar que una petición de revisar votos quede sin respuesta administrativa y, después, sin examen judicial de fondo. Cuando eso ocurre, el proceso puede cerrarse formalmente mientras las dudas que originaron la controversia permanecen abiertas.
  5. Ciudadanización de las juntas receptoras de votos. Las dificultades del escrutinio obligan a mirar también el lugar donde se origina cada acta. La integración de las Juntas Receptoras de Votos, tanto las generales como las especiales de recuento, mantiene una participación directa de los partidos en la recepción y el conteo de los sufragios. La propuesta plantea iniciar una ciudadanización gradual: conservar en esta etapa determinados cargos de representación partidaria y seleccionar por sorteo público a quienes ocupen la secretaría y el escrutinio, con capacitación, evaluación y suplencias reguladas. La propuesta apunta a que la integración de las juntas evolucione progresivamente hasta lograr una integración 100 % ciudadana, con procedimientos públicos, objetivos e imparciales[13].
  6. Continuidad de las autoridades electorales. Las controversias de 2025 expusieron los costos de unas instituciones vulnerables a las ausencias, los desacuerdos internos y las decisiones tardías. Prevenir la parálisis del CNE y del TJE exige regular suplencias y asegurar que sus autoridades puedan ejercer sus funciones en los momentos críticos. Estas medidas buscan reducir la dependencia de arreglos políticos improvisados cada vez que el proceso entra en tensión y preservar los contrapesos en decisiones de alto impacto, particularmente las relacionadas con resultados y declaratorias[14].
  7. Segunda vuelta presidencial. El estrecho margen de la elección presidencial de 2025 renovó la discusión sobre la segunda vuelta. El documento propone que una fórmula gane en primera ronda si obtiene al menos el 50 % de los votos válidos. También podría ser proclamada electa si supera el 45 % y aventaja por más de diez puntos porcentuales a la fórmula que ocupe el segundo lugar. Si no se cumple ninguna de estas dos condiciones, habría una segunda vuelta entre las dos fórmulas más votadas dentro de los 60 días siguientes a la primera elección[15]. La propuesta busca que, en una contienda cerrada, la Presidencia se defina mediante una nueva votación en lugar de hacerlo por una ventaja mínima bajo la regla actual de mayoría simple, carente de legitimidad.
  8. Fiscalización del financiamiento y transparencia de los aportantes. En las elecciones primarias de 2025 ya había quedado expuesta la distancia entre recibir informes financieros, verificar su contenido y establecer consecuencias por los incumplimientos. El informe publicado posteriormente sobre las elecciones generales registra 556 sujetos obligados que no presentaron su informe, entre ellos 14 personas electas. Identificar esos casos y hacerlos públicos constituye un avance; falta conocer el desarrollo de los procedimientos individuales y las sanciones que correspondan. La pregunta, por tanto, es cómo pasará la Unidad de publicar listados de cumplimiento a fiscalizar el origen y destino de los recursos y a resolver oportunamente los casos detectados.

El documento atiende esa brecha mediante recursos presupuestarios oportunos, mayores facultades de investigación e intercambio de información financiera con otras instituciones. También propone tipificar el financiamiento ilícito de campañas electorales para sancionar penalmente el uso de recursos de fuentes prohibidas o de origen lícito no acreditado, el ocultamiento de aportantes y la falsedad u omisión deliberada de información destinada a impedir que se conozca el origen y destino del dinero. En una disposición distinta plantea sancionar el uso de programas sociales y recursos públicos para condicionar el voto o realizar proselitismo. Estas medidas buscan que la fiscalización pueda ir más allá del registro de incumplimientos y actuar frente a formas graves de financiamiento y utilización electoral de recursos estatales.

Pero la eficacia de la fiscalización depende también de cómo el Pleno ejerza las atribuciones que ya posee. Frente a normas como el Acuerdo núm. 001-2018[16], que restringe el acceso a información sobre aportantes privados, permite ver esa dimensión política. Ante la persistencia de la reserva, el documento incorpora una disposición transitoria que propone declarar su nulidad por ley[17]. La reforma busca fortalecer la capacidad de investigar y abrir al escrutinio ciudadano una información que continúa restringida por una decisión administrativa. Quedará por ver si las autoridades electorales y el Congreso están dispuestos a sostener esa publicidad, que permitiría conocer quién financia a los partidos y las candidaturas.

El verdadero desafío: la voluntad en el Congreso Nacional

El documento de propuesta obtuvo un avance positivo el mismo día de su entrega: fue recibido e introducido formalmente por el Pleno del Congreso Nacional como proyecto de ley.

Alejandra Vallecillo realizó la presentación de la iniciativa[18], abriendo una ruta legislativa para discutir reformas construidas desde la sociedad civil. Es un avance que merece reconocerse, aunque todavía no permite saber qué reformas serán discutidas, cuáles conservarán su contenido y en qué condiciones podrían llegar a aplicarse.

Las crisis examinadas anteriormente ayudan a entender por qué esas decisiones importan. Una elección debe permitir que fuerzas políticas enfrentadas compitan libremente por el poder y acepten sus resultados dentro del marco institucional. Para ello se necesitan autoridades electorales independientes y eficaces, libertades democráticas garantizadas, campañas sin obstáculos ni intimidación y una ciudadanía informada sobre sus derechos. Son condiciones que deben sostenerse antes, durante y después de la votación para que el resultado ofrezca certeza a los actores políticos y a la ciudadanía.

El reclamo de cambio es amplio y contundente. Según el Sondeo de Opinión Pública 2026 del ERIC-SJ, el 65.1 % de las personas encuestadas considera que las recientes elecciones debilitaron la democracia y el 80.3 % cree que el país necesita reformas electorales[19]. Esos resultados no significan que exista acuerdo ciudadano sobre cada propuesta de la Mesa, pero sí muestran una demanda amplia de cambios después de 2025. Los diputados, electos para representar a la ciudadanía, tienen ante sí la responsabilidad de discutir públicamente cómo responderán a esa demanda y qué soluciones ofrecerán a los problemas identificados.

Honduras cuenta con diagnósticos sobre sus debilidades electorales y con propuestas para atenderlas. La pregunta es qué sucederá cuando las reformas entren en la negociación legislativa. El Congreso está integrado por representantes de partidos que compiten bajo las reglas que se pretende modificar. Cambiar la forma de integrar las JRV, profesionalizar los órganos electorales, hacer pública la información sobre el financiamiento y reducir la discrecionalidad en la verificación de resultados supondría ceder espacios de control e influencia que las fuerzas políticas mantienen bajo las reglas vigentes.

Los problemas de 2025 mostraron por qué esa decisión importa. Cuando las controversias se acumulan y las instituciones tardan en resolverlas, la elección pierde capacidad para encauzar el conflicto bajo reglas compartidas. Esa fragilidad forma parte de una crisis política e institucional más amplia, que se expresa en la disputa por el control de las instituciones y en acuerdos que administran cada coyuntura sin resolver sus causas. Las reformas electorales pueden contribuir a que los próximos resultados sean verificables y las controversias encuentren respuesta institucional.

La respuesta del Congreso se verá en el contenido del dictamen, en las disposiciones que elimine o modifique, en los asuntos que postergue y en el tiempo que tome la discusión. Una aprobación parcial podría dejar intactos problemas centrales. También podría ocurrir que se aprueben reformas sin presupuesto, reglamentos, personal capacitado o tiempo suficiente para aplicarlas antes de la siguiente elección. En ambos casos habría nuevas normas, pero persistirían debilidades ya identificadas. Aprobar una regla sin asegurar las condiciones para cumplirla ofrece una garantía demasiado débil frente a una nueva crisis.

Después de las elecciones de 2025, la necesidad de reformar el sistema electoral resulta indiscutible. La pregunta es hasta dónde estarán dispuestos los actores políticos a modificar las reglas bajo las cuales compiten y ejercen influencia. De esa decisión dependerá, en parte, que la próxima elección pueda cumplir su función más importante: permitir que el conflicto por el poder se resuelva mediante votos verificables, controversias atendidas a tiempo y resultados que puedan sostenerse ante la ciudadanía.

[1] https://congresonacional.hn/noticias/6ab1bca210111506d4a787f2

[2] https://x.com/CneHonduras/status/2102414081240252669

[3] https://utpoliticalimpia.hn/entrega-oficial-a-la-uftf-de-propuestas-de-reformas-electorales/

[4] https://tje.hn/sociedad-civil-entrega-al-tje-propuestas-de-reformas-electorales/

[5] https://drive.google.com/file/d/1nrYwYT18Y1MsRbIM6WT3aMeMDls9hqJX/view?usp=sharing

[6] Mesa de Propuestas de Reformas Electorales, propuestas 8, 12, 16, 65, 68 y 73.

[7] Mesa de Propuestas de Reformas Electorales, propuestas 11, 64 y 72.

[8] https://oncenoticias.hn/nacionales/cossette-lopez-aclara-que-el-trep-no-declara-ganadores-y-que-solo-el-escrutinio-general-del-100-tiene-validez-judicial/#google_vignette

[9] CESPAD, Elecciones 2025: análisis crítico y propuestas de reforma; https://cespad.org.hn/wp-content/uploads/2026/02/Elecciones-2025-analisis-critico-y-propuesta-de-reforma.pdf

[10] Mesa de Propuestas de Reformas Electorales, propuestas 55 a 57.

[11] CESPAD, Elecciones 2025: análisis crítico y propuestas de reforma; https://cespad.org.hn/wp-content/uploads/2026/02/Elecciones-2025-analisis-critico-y-propuesta-de-reforma.pdf

[12] Mesa de Propuestas de Reformas Electorales, propuestas 60, 63, 67 y 69

[13] Mesa de Propuestas de Reformas Electorales, propuesta 14 y 60

[14] Mesa de Propuestas de Reformas Electorales, propuestas 11, 65, 67 y 68

[15] Mesa de Propuestas de Reformas Electorales, propuestas 5 y 39

[16] https://cespad.org.hn/analisis-semanal-resolucion-del-iaip-el-principal-obstaculo-para-la-fiscalizacion-del-financiamiento-de-campanas-electorales-en-honduras/

[17] Mesa de Propuestas de Reformas Electorales, propuestas 70, 72, 77, 79, 83, 85 y 86.

[18] https://x.com/hn_congreso/status/2102226424656781784?s=46&t=MF3wXjmIBeZYw2CxLIVbJg

[19] ERIC-SJ, Sondeo de Opinión Pública 2026, https://www.sop-eric.org

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