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Escrito por Gustavo Irías
17 de octubre de 2026
El presidente del Congreso Nacional, Tomás Zambrano, encabezó una delegación de diputados y autoridades penitenciarias hondureñas que visitó El Salvador los días 16 y 17 de octubre, con el propósito de conocer su política de seguridad y el funcionamiento del Centro de Confinamiento del Terrorismo (CECOT). La agenda incluyó un encuentro con Ernesto Castro, presidente de la Asamblea Legislativa, y conversaciones sobre cooperación interparlamentaria. En sus declaraciones vinculadas con la visita, Zambrano expresó interés en trasladar a Honduras algunas medidas penitenciarias y promover reformas penales y procesales, entre ellas la ampliación de los plazos de detención, restricciones a los beneficios penitenciarios y la realización de allanamientos sin autorización judicial en determinados supuestos.
Igualmente, Zambrano expresó la intención del partido de gobierno de impulsar un proyecto orientado a la construcción de una nueva cárcel de máxima seguridad, con capacidad para albergar entre 6,000 y 10,000 personas privadas de libertad.
Ahora bien, la visita coloca en el centro del debate un asunto que va mucho más allá de la política penitenciaria. La pregunta que motiva este análisis es la siguiente: ¿qué implicaciones podría tener para la democracia, el Estado de derecho y el ejercicio de los derechos humanos la adopción del modelo de Bukele, considerando los graves déficits democráticos existentes en Honduras? Estos déficits no se limitan a la reducida independencia judicial, sino que también se expresan en la concentración de poderes en el Consejo Nacional de Defensa y Seguridad (CNDS) y en las crecientes restricciones al espacio cívico.
La tensión entre seguridad, libertades y derechos
Las preocupaciones y demandas por la seguridad de la población hondureña son legítimas y han formado parte de la agenda nacional durante las últimas décadas. En tal sentido, no puede minimizarse el daño que las organizaciones criminales provocan en la población mediante prácticas como la extorsión, los homicidios, los secuestros, el desplazamiento forzado y el control territorial. Tampoco puede desconocerse la mejora registrada en los indicadores de seguridad de la población salvadoreña bajo el gobierno de Bukele. Para el caso, la reducción de homicidios entre 2015 y 2025 es significativa: de más de 6,600 homicidios anuales a 82, y de una tasa superior a 100 homicidios por cada 100,000 habitantes a otra de 1.3.
Sin embargo, es necesario comprender cómo se han producido estos resultados y cuáles han sido sus implicaciones políticas e institucionales. Para empezar, el CECOT no constituye por sí solo el modelo de Bukele. Es su expresión penitenciaria más conocida, pero forma parte de una transformación del régimen político de mayor alcance, que obliga a valorar sus efectos sobre el ejercicio de las libertades y los derechos propios de una democracia liberal.
En mayo de 2021, la Asamblea Legislativa salvadoreña destituyó y reemplazó sumariamente a los magistrados de la Sala de lo Constitucional y al fiscal general. Posteriormente, se adoptaron disposiciones que facilitaron la remoción y el traslado de jueces y fiscales. En 2025 se modificó el procedimiento de reforma constitucional y se habilitó la reelección presidencial indefinida. Estos cambios redujeron de manera sustancial los contrapesos institucionales al poder presidencial.
Desde esta perspectiva, el problema no reside únicamente en la severidad de las penas, sino también en quién decide su aplicación, qué posibilidades existen para controlar esas decisiones y si existen recursos y mecanismos efectivos para impugnar las determinaciones judiciales. Un sistema de justicia subordinado puede aplicar con dureza la legislación y, al mismo tiempo, apartarse de los principios del Estado de derecho. La existencia de leyes, tribunales y procedimientos no garantiza, por sí misma, una justicia independiente. Bajo un ropaje constitucional también pueden establecerse condiciones para la concentración del poder y la instauración de un régimen de carácter autocrático.
La CIDH ha documentado denuncias de detenciones arbitrarias sistemáticas y generalizadas, audiencias masivas, restricciones al derecho de defensa y falta de eficacia del habeas corpus durante el prolongado régimen de excepción salvadoreño. El debilitamiento de estos recursos reduce la capacidad de las personas para exigir que el Estado justifique legalmente su detención y limita las posibilidades de protección frente a eventuales abusos de poder.
El modelo presenta, además, una dimensión de restricción extrema del espacio cívico. Existe amplia documentación sobre detenciones de personas defensoras y críticas del gobierno, salida del país de periodistas y organizaciones no gubernamentales, así como sobre los efectos de la Ley de Agentes Extranjeros en el funcionamiento de entidades independientes y críticas. Cuando se debilita a quienes investigan y denuncian abusos, fiscalizan al poder o acompañan a las víctimas, se establecen condiciones para un régimen que restringe las libertades y los derechos constitucionales y concentra crecientemente el poder.
Los déficits democráticos de Honduras y su política criminal
En Honduras existen abundantes evidencias sobre la manera en que redes criminales han cooptado la institucionalidad del país. El financiamiento ilícito de campañas electorales ha estado vinculado directamente con el crimen organizado y con intereses particulares de grupos empresariales. Esto ha contribuido a la cooptación del sistema de justicia y de otras instituciones del Estado, así como a la perpetuación de una impunidad sistémica y estructural. Los casos judicializados por la MACCIH y por tribunales de los Estados Unidos ofrecen abundantes antecedentes al respecto.
En el presente, estas redes criminales no han sido plenamente desarticuladas y existen razones para considerar que continúan influyendo en el funcionamiento de la democracia y del Estado de derecho. Esto ayuda a explicar el carácter históricamente selectivo de la política criminal hondureña: severa frente a los sectores más débiles y con limitada capacidad para alcanzar a actores con poder político y económico.
La actual administración gubernamental ha continuado profundizando esta orientación. Se ha legislado un amplio marco punitivo que favorece la protección de determinados intereses empresariales frente a las demandas y derechos de comunidades campesinas, indígenas y garífunas, hasta el punto de generar serias restricciones al ejercicio de libertades democráticas básicas como la asociación, la reunión, la protesta y la expresión.
En estas condiciones, ampliar las facultades de detención, vigilancia, allanamiento y control territorial sin fortalecer simultáneamente la independencia judicial aumentaría los recursos coercitivos disponibles en un sistema donde determinadas redes ya poseen capacidad de influencia sobre el Estado. Al mismo tiempo, reduciría aún más las posibilidades y los recursos de defensa de los sectores sociales históricamente excluidos de la acción estatal y de la ciudadanía en general.
De ahí que la dureza del discurso de seguridad no constituya, por sí misma, evidencia suficiente de una voluntad efectiva para enfrentar al crimen organizado. Una administración puede perseguir a determinados grupos y proteger a otros; también puede realizar operativos espectaculares sin investigar los mecanismos de financiamiento, protección política y lavado de activos que sostienen las economías ilícitas.
Estos antecedentes muestran que Honduras no partiría de una institucionalidad plenamente garantista. La ampliación de las capacidades coercitivas se introduciría en un sistema que ya enfrenta dificultades para investigar abusos, garantizar controles institucionales efectivos y proteger a las víctimas.
Desde la perspectiva del Estado de derecho, el indicador decisivo no debería ser únicamente cuántas personas ingresan a prisión. También debería examinarse si se investiga a funcionarios, financistas y operadores que facilitan los delitos; si las investigaciones alcanzan a actores cercanos al poder; y si existen jueces capaces de ordenar una liberación o sancionar un abuso sin sufrir represalias. En otras palabras, el problema central no es solamente cuánta capacidad coercitiva posee el Estado, sino contra quién la utiliza y bajo qué controles institucionales.
¿Qué debería estar en el centro del debate hondureño?
La discusión no debería reducirse a estar a favor o en contra del CECOT. Tampoco toda cooperación penitenciaria implica necesariamente la adopción de un proyecto autoritario. Impedir que desde las cárceles se ordenen extorsiones, profesionalizar al personal penitenciario y mejorar los mecanismos de control pueden ser medidas compatibles con los derechos humanos y con un sistema democrático.
La frontera aparece cuando estas medidas se acompañan de un menor control judicial, debilitamiento del derecho de defensa, opacidad institucional y persecución de quienes fiscalizan al poder. En esas condiciones, la seguridad deja de ser únicamente una política orientada a proteger a la ciudadanía y puede transformarse en un instrumento para ampliar las capacidades coercitivas del Estado sin los contrapesos necesarios.
La visita de Zambrano coloca sobre la mesa, por tanto, una decisión que no es exclusivamente penitenciaria. Se refiere, en un sentido más amplio, al tipo de Estado que se pretende fortalecer. Honduras necesita instituciones con capacidad para enfrentar a las estructuras criminales, pero también con independencia suficiente para investigar a quienes las protegen y con límites efectivos que impidan actuaciones arbitrarias contra la población. Asimismo, requiere condiciones que garanticen que cualquier ciudadano, ciudadana u organización social pueda ejercer plenamente sus libertades democráticas.
En una sociedad con antecedentes de penetración criminal en las más altas esferas públicas, ampliar la coerción sin desmontar las estructuras de impunidad podría producir un Estado más fuerte frente a la ciudadanía y no necesariamente frente al crimen organizado. En tal sentido, la legítima demanda de seguridad no debería convertirse en el fundamento de un poder menos controlado, más selectivo y más distante de los principios democráticos.