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ANÁLISIS SEMANAL| Leyes y reformas ambientales y ecológicas en la administración Castro y su urgencia para que se traduzcan en hechos concretos

3 de junio, 2024                                                                   Descargue PDF aquí

Escrito por Lucía Vijil Saybe

Hasta finales del mes de mayo del 2024, el Instituto de Conservación Forestal (ICF) reportó en Honduras un total de 2,700 incendios que han afectado 219,399 hectáreas de bosques a causa de “mano criminal”. El departamento más afectado hasta ahora es Olancho, el cual registra la pérdida de 66,765 hectáreas y, en segundo lugar, Francisco Morazán con un total de 41,890 hectáreas afectadas.

Las partículas originadas de los incendios forestales son un problema real. Sin embargo, a la situación actual se suma la quema de la tierra, el polvo de las construcciones y las emisiones de vehículos, que han generado alertas a nivel nacional por el nivel de contaminación de aire. Honduras ha estado bajo emergencia por la baja calidad del aire y el riesgo que implica para la salud de todos y todas. 

En ese sentido, en las últimas semanas, la administración Castro Sarmiento emitió un importante marco de reformas legales que van encaminadas a la protección ambiental. Más allá de la normativa, ¿por qué es una oportunidad en términos ecológicos? 

Contexto

El 21 de febrero del 2024, luego de presión por parte de las comunidades que defienden el Río Guapinol y San Pedro, se aprobó en el Congreso Nacional el Decreto 18-2024, que recupera y protege la zona núcleo del Parque Nacional Montaña de Botaderos “Carlos Escaleras Mejía”, y que entró en vigencia el 6 de mayo de este mismo año.  

Otro punto relevante de este decreto es que reforma parcialmente la Ley General de Minería (238-2012 – artículo 48, inciso a) y se leerá de la siguiente forma: “En ningún caso la autoridad minera otorgará derechos mineros en las zonas siguientes: a) Las áreas protegidas declaradas, las zonas productoras de agua declaradas, las contenidas en el artículo 123 del Decreto No. 98-2007, playas y zonas de bajamar declaradas como vocación turística”.

Previamente ese inciso indicaba que las zonas excluidas de derechos mineros eran las áreas protegidas declaradas e inscritas en el Catálogo de Patrimonio Público Forestal Inalienable y en el Registro de la Propiedad Inmueble.

El 30 de mayo del 2024, el Congreso Nacional, aprobó la reforma de los artículos 324, 325 y 327 y 337-A. Estas modificaciones tienen como objetivo aumentar las penas por contaminación del aire, aguas y suelos, por la explotación ilegal de recursos naturales e incendios forestales, además de introducir la responsabilidad de las personas jurídicas en delitos medioambientales. 

El artículo 337-A establece que las personas jurídicas pueden ser multadas hasta el triple del daño causado o del beneficio obtenido y que también pueden enfrentar sanciones adicionales como suspensión de actividades, clausura de locales, prohibición de futuras actividades similares e inhabilitación para recibir subvenciones y contratar con el sector público, entre otras, con el objetivo de mejorar la protección del medio ambiente y remediar los daños causados.

En la misma sesión, se derogó el Decreto 334-2013, que reestablecerá los límites originales del área protegida del Merendón. Se instruyó al ICF, a la Secretaría de Recursos Naturales y Ambiente (SERNA) y a las municipalidades involucradas a tomar medidas para restaurar las áreas afectadas durante la vigencia del Decreto 334-2013. 

Además, se ordenó al ICF ampliar la zona de reserva de El Merendón, incorporando el polígono que, bajo ese decreto, había sido parte de la zona de amortiguamiento. Estas últimas dos acciones legislativas deberán ser publicadas en el Diario Oficial La Gaceta, para ser efectivas. 

En términos ecológicos, ¿por qué es una oportunidad? 

En otro escrito citamos el término de juridificación ambiental. Blichner y Molander definen la juridificación como procesos sociales que incrementan la influencia de la ley y los tribunales en la resolución de disputas y en la vida social. En el contexto ambiental, esto implica que los conflictos adquieren nuevos significados cuando se introducen en el ámbito legal, afectando la forma en que los actores usan las herramientas legales y ajustan sus expectativas de justicia. 

Los decretos mencionados reflejan las dinámicas de conflicto en los territorios. El Decreto 18-2024 aborda los impactos del modelo extractivo, corrupción, violaciones a derechos humanos y la judicialización de defensores del agua. La aprobación del artículo 337-A establece la responsabilidad de las empresas contaminantes y las penas por daño ambiental. La derogación del Decreto 334-2013 destaca el conflicto histórico con grandes lotificadoras en zonas de reserva natural.

En términos ecológicos, esto es de importancia precisamente porque trasciende lo estrictamente ambiental (más allá de la reforestación y campañas educativas) y somete a la discusión pública los focos estructurales de la actual crisis ambiental y emergencia para todas las especies en el país. Claramente, falta considerar muchos elementos relacionados con el modelo depredador actual, la matriz de producción y consumo, los mecanismos de participación ciudadana comunitaria, la asignación presupuestaria, la desmilitarización territorial y la necesidad de aumentar la confianza en la institucionalidad responsable de los bienes comunes de la naturaleza.

En ese contexto, la sociedad hondureña debe permanecer vigilante para que estas normativa y reformas se traduzcan en hechos concretos, que devuelvan los territorios a las comunidades, que se limite y sancione la acción de las grandes y poderosas empresas que han violentado derechos humanos de pobladores, líderes y lideresas. La emergencia ambiental y ecológica no debe ser propagandística; estamos convocados y convocadas a asumir un rol más activo de debate y continuar con la presión sobre los las autoridades gubernamentales para que continúen traduciendo las demandas históricas territoriales en transformaciones sociales y políticas concretas.