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Pronunciamiento|Demandamos la revisión de oficio del Acuerdo 0001-2018 que bloquea el acceso y divulgación de la información sobre el financiamiento privado a partidos políticos hondureños

El Centro de Estudios para la Democracia (CESPAD) sostuvo una reunión (5 de septiembre) con Emilio Hernández Hércules, Comisionado Presidente de la Unidad de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización a Partidos Políticos y Candidatos (UFTF), órgano encargado de supervisar el origen, monto, destino y aplicación de los recursos públicos y privados de los partidos políticos, así como su fiscalización y las correspondientes sanciones.

La reunión tuvo como propósito expresar nuestra profunda preocupación ante la vigencia del Acuerdo número 001-2018 de Clasificación de Información Reservada, emitido por la UFTF, el 16 de enero de 2018. El acuerdo clasifica como información reservada los datos personales de personas naturales y jurídicas que realizan aportaciones privadas a campañas políticas, basándose, erróneamente, en el artículo 3, numeral 7, de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública. 

El acuerdo ha dejado sin efecto disposiciones fundamentales de la Ley Electoral y de la Ley de Financiamiento, Transparencia y Fiscalización que estipulaban la publicidad de los financiamientos y donaciones a las campañas electorales. También, deja sin aplicación parte del contenido de los artículos 35 y 36 de la Ley de Política Limpia, que garantiza el derecho de toda persona a acceder a la información de los partidos políticos en materia electoral, incluyendo los montos de financiamiento, estados financieros, registros de aportaciones, contratos y convenios, así como la relación de donantes y los montos aportados por cada uno. 

Dado que representa un retroceso en materia de transparencia y acceso a la información pública, con el objetivo de promover un sistema político limpio, transparente, libre de la injerencia del narcotráfico, el crimen organizado y la corrupción, DEMANDAMOS LA REVISIÓN DE OFICIO del acuerdo de conformidad con lo establecido en los artículos 119, 120 y 121 de la Ley de Procedimiento Administrativo, para anular este acto administrativo que vulnera gravemente las garantías constitucionales y los derechos contemplados en la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública, principios esenciales para una democracia abierta y participativa.

Nos parece que es fundamental que los ciudadanos conozcan el origen y el destino de los recursos que financian las campañas políticas y cuenten con las herramientas necesarias para supervisarlos. Esto contribuirá a que los representantes electos actúen en función de los intereses de la ciudadanía y se refuerce la confianza en el proceso democrático.

Con vistas a las elecciones del 2025 (primarias y generales), es esencial que la institucionalidad asegure medidas específicas para enfrentar y neutralizar la tradicional influencia del narcotráfico y las redes de corrupción que pervierten la democracia y violentan los derechos políticos de la población hondureña.

Tegucigalpa, MDC. 5 de septiembre de 2024

 

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