Escrito por Rubén Escobar
El hallazgo de títulos ancestrales -algunos se remontan al siglo XVI-, por parte de un equipo del Consejo Indígena Lenca Ambiental de Honduras (CILAH) y del Centro de Estudio para la Democracia (CESPAD), podría representar un hito histórico que permitiría reivindicar los derechos de comunidades indígenas lencas sobre grandes extensiones de tierra en el departamento de La Paz.
Desde tiempos inmemoriales, de generación en generación, los miembros más antiguos de las familias lencas han narrado que existieron títulos de propiedad entregados por la Corona Española y por los gobiernos postindependencia, sobre vastas extensiones de tierra en las que actualmente se ubica el departamento de La Paz y que, por diversas razones, hoy están en manos de terratenientes y de empresas extractivistas.
“En las reuniones hablábamos de eso, pero todo era de palabra porque nadie había visto un título”, relata Juan Alfonso Martínez, coordinador de CILAH, entidad que tiene su sede en Opatoro, La Paz, y que aglutina a Consejos Indígenas de distintas comunidades.
Precisamente en el marco de una disputa territorial con terratenientes, en mayo de 2023, los integrantes del CILAH buscaron el acompañamiento del CESPAD para indagar e intentar ubicar esos títulos ancestrales. Primero se encaminaron al Instituto Nacional Agrario (INA), pero al no encontrar nada que se asemejara, entre pláticas, trascendió que el Archivo Nacional de Honduras, Ramón Antonio Vallejo, tenía registros relacionados con títulos de tierra.
Más que una tradición oral
El Archivo Nacional fue creado en 1880, durante el gobierno de Marco Aurelio Soto. Contiene miles de documentos, colecciones de periódicos, revistas, resoluciones de Estado, entre otro tipo de documentos de la época colonial y de los siglos XIX, XX y XXI. En sus 144 años de historia ha funcionado en diferentes locales, pero actualmente se ubica en la antigua casa presidencial, en el centro de Tegucigalpa.
“En la década de los 80, después de la Reforma Agraria, el Archivo Nacional organizó un fondo de títulos de tierra, los cuales clasificó en un libro que se llama Índice General de Títulos de Tierra del siglo XVI al XX. Ahí están anotados los títulos por departamentos y con su número”, explicó Jerson Martínez, del Equipo de Justicia Ambiental y Ecológica del CESPAD.
En el índice general se ubicaron cinco títulos Lencas (dos en Opatoro y tres en Guajiquiro, departamento de La Paz) pero, dado su grado de antigüedad y el cuidado que requieren para su conservación, se tuvo que recurrir a una solicitud formal. Por eso, hasta el mes de febrero de 2024 los investigadores lograron acceder a los documentos, después de un proceso de digitalización y transcripción paleográfica.
El grupo de dirigentes Lencas estalló de alegría al darse cuenta que los títulos de propiedad de los que hablaban los abuelos de sus abuelos no eran producto de su imaginación, ni simples tradiciones orales, sino que allí estaban los documentos, incluso con los nombres que recordaban, entre ellos “La Montaña”, que data de 1848, y “Azacualpa”, de 1912.
Algunos documentos están escritos en castellano arcaico, por lo que debieron ser enviados a paleógrafos expertos para su transcripción a grafías legibles. Además, los documentos describen medidas de superficie utilizadas por el imperio español entre los siglos XV y XVIII, como “caballerías” y “cuerdas”.
Una caballería equivale, aproximadamente, a unas 70 manzanas de hoy día, explicó Jerson Martínez, quien agrega que se denominaba caballería porque era la extensión de terreno que recibía un militar (o caballero) que participaba en la conquista y dominación de un territorio.
La medida de la caballería, acota, es distinta según la región y su geografía. De acuerdo con las fuentes, en la Capitanía General de Guatemala la caballería equivalía (vigente) a 64 manzanas o 44 hectáreas aproximadamente.
Juan Alfonso Martínez explica que el título de La Montaña se extiende desde el antiguo Cacauterique hasta colindar con el caserío Guascupuzca (en Marcala), Cerro de Hule (en Chinacla), Opatoro y Guajiquiro. El título abarca 60 “caballerías” e incluye sendas extensiones en disputa con terratenientes, y es allí donde los títulos ancestrales podrían ser determinantes para establecer quienes son los verdaderos propietarios.
Enjuiciados por habitar y trabajar su tierra
El 1 de noviembre de 2021, el Congreso Nacional presidido por Mauricio Oliva, durante la administración de gobierno de Juan Orlando Hernández, publicó en La Gaceta el Decreto 93-2021, normativa que agravó las penas por el delito de usurpación. Fue declarado como permanente, lo que permitiría presentar acusaciones en contra de campesinos o indígenas, incluso a quienes nacieron en esos territorios, reclamados por terratenientes o empresas extractivistas.
Eso se ha constituido en un mecanismo de despojo de territorios y criminalización de miembros de los pueblos originarios, que reclaman su derecho a habitar y cultivar sitios que son de su propiedad desde hace siglos. En el caso del CILAH varios de sus integrantes están enjuiciados y deben presentarse periódicamente a firmar libros en los tribunales. Esto ha ocurrido porque el INA y las municipalidades locales han avalado títulos de terceros, a falta de títulos indígenas.
“Pero nosotros hemos hecho las averiguaciones y la ley establece que el INA no puede titular sobre territorios ancestrales”, señaló Juan Alfonso Martínez.
Bajo esas condiciones, el título de La Montaña “adquiere un significado mayor porque esas tierras fueron adjudicadas a los pueblos indígenas en la primera mitad del siglo XIX, antes de que el INA existiera, antes de que un terrateniente pudiera tener un título de una institución pública”, señala Jerson Martínez.
En La Paz hay terratenientes y empresas en poder de grandes franjas de territorios que usufructúan los recursos naturales. Por ejemplo, existen dos represas que fueron instaladas por la familia de una diputada del Partido Nacional.
Saneamiento de tierras a favor de los pueblos originarios
Jerson enfatizó que la Ley de Propiedad establece que los territorios indígenas no se pueden vender ni transferir. “Si acaso, las comunidades pueden aprovechar la madera u otros recursos en beneficio de sus pobladores”, acotó.
Por tanto, el Estado de Honduras tiene la obligación de retornar el derecho a las comunidades Lencas sobre sus territorios ancestrales y para ello existe un procedimiento avalado por la ley, denominado “saneamiento de tierras”, el cual es diferenciado respecto a otros procesos que reconocen la propiedad de campesinos, por ejemplo.
En este caso, a solicitud de las comunidades Lencas de Opatoro, los técnicos del INA deberán presentarse al terreno para hacer la medición y confirmar los límites descritos en el título. Una vez hechas las remediciones, se debe revisar la cantidad de manzanas que están en calidad de propiedad privada, en manos de personas ajenas a las comunidades lencas.
“Cuando se defina quiénes han sido compradores de buena fe y cuáles son los territorios bajo su dominio, el Estado está obligado a indemnizarlos por las mejoras realizadas, no por el valor de la tierra. Nosotros estamos intentando provocar ese proceso”, apuntó Jerson.
Es un procedimiento complejo y de mediano plazo, que requiere mucha organización y recursos para sostenerse en el tiempo. En este momento están en un periodo de toma de decisiones en el interior de los Consejos Indígenas Lencas para prepararse y presentar los reclamos conforme a lo que las leyes establecen.