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Análisis Semanal | En elección de la nueva CSJ: una Junta Nominadora bajo presión de los grupos tradicionales y deudas con la ciudadanía

Escrito por: Gustavo Irías

11/12/2022

En un contexto político complejo la Junta Nominadora ha avanzado satisfactoriamente, hasta ahora, en el cumplimiento de su mandato de seleccionar una nómina de candidatos y candidatas a magistrados de la Corte Suprema de Justicia (CSJ), basada en la idoneidad, capacidad profesional, integridad moral y equidad de género, criterios que están registrados en la Ley Especial que guía su funcionamiento (Decreto No. 74-2022).

La Junta ha logrado resolver con relativo éxito la primera gran fase de este proceso (artículo 17 de la Ley) que ha implicado la convocatoria a la inscripción de los y las auto postulantes y la primera depuración, con base en la verificación del “cumplimiento de los requisitos legales para el cargo y los criterios de excelencia, la inexistencia de inhabilidades e idoneidad” (quedando 185 en total). Después, la realización de las pruebas de conocimientos, toxicológicas y sicométricas que ha significado una nueva depuración del listado de candidatos y candidatas (reduciendo el número total a 105). Actualmente está por cerrarse la sub fase de investigación relacionada a la “trayectoria personal, profesional y patrimonial” que eventualmente podría implicar una nueva depuración y/o reducción del listado.

Pese a lo anterior, la Junta Nominadora ha estado sujeta a presiones de algunos postulantes y detrás de ellos, las influencias de los grupos tradicionales que siempre han impuestos sus intereses en la elección del máximo tribunal de justicia. Las presiones más importantes han sido las siguientes:

  • La demanda por la repetición del exámen de conocimiento y las denuncias de la filtración de un listado de preguntas.
  • La demanda de la Unión de Notarios por la interpretación de la Ley Especial por el Congreso Nacional, que tendría como implicación la reforma del Reglamento emitido por la Junta, reduciendo el porcentaje de aprobación de la prueba de conocimiento del 75% al 60%.
  • Presentación del recurso de Inconstitucionalidad Preventiva por la abogada Johana López ante la Junta Nominadora, encaminado a declarar nulidad parcial de la Ley Especial y del Reglamento para normar este proceso, aduciendo “vicios evidentes de inconstitucionalidad y violación garantías constitucionales y de los derechos humanos de los postulantes” (cita textual del escrito).

Los tres elementos anteriores han tenido como clara motivación el desconocimiento del proceso de depuración, realizado al listado original de los y las auto postuladas, clara indicación que en esta depuración han quedado por fuera candidatos y candidatas que formaban parte de los cuadros profesionales preseleccionados por los grupos que tradicionalmente han conducido el Poder Judicial.

Adicionalmente, se han presentado varios recursos de inconstitucionalidad ante la Corte Suprema en contra de la aprobación de la Ley Especial, antes que tomara posesión la Junta Nominadora, pero también de postulantes que fueron aplazados en el proceso. Sobre ninguno de estos recursos se ha pronunciado la Corte Suprema hasta el presente.  Un aspecto relevante es que la Junta, ante este conjunto de presiones, ha actuado como cuerpo colegiado defendiendo su mandato y la vigencia de la ley que regula su funcionamiento.

Sin embargo, la Junta Nominadora tiene pendientes con la ciudadanía, relacionados con los principios básicos que rigen su funcionamiento: “publicidad, transparencia y rendición de cuentas”.

¿Cuáles son las principales deudas de la Junta?

Son principalmente dos: la primera, es el informe de investigación sobre la denuncia de filtración de las preguntas del examen de conocimiento. Este en un factor relevante para mantener intacta la legitimidad del proceso en su conjunto. Y, la segunda, está referida a la publicación en el portal de transparencia de los expedientes de los y las candidatos a magistrados.

Ver también: CESPAD: Primer Informe Veeduría Selección Candidatos-as CSJ

De acuerdo con el Reglamento interno, Titulo II, Capítulo 1, inciso 31, la única información que no podrá ser pública es la relacionada con el patrimonio personal y las cuentas bancarias de las y los postulantes. Hasta el momento, esos expedientes no han sido publicados pese a que son esenciales en el proceso de tachas y denuncias que está por iniciarse, y que significa otro de los mecanismos para depurar la lista de candidatos y candidatas. En este proceso, de acuerdo con lo establecido por la Ley, es esencial la participación y veeduría de la ciudadanía en general, así como de las organizaciones de la sociedad civil y movimientos sociales en particular.

Precisamente, una de las novedades de este marco jurídico en la elección de esta nueva Corte Suprema se centra en la veeduría, las tachas y denuncias. Es decir, la garantía a la observación ciudadana del proceso, asegurada por la máxima publicidad y trasparencia, al grado de haber dejado establecido la obligatoriedad del carácter público de las reuniones de la Junta Nominadora, habilitándose el derecho a la ciudadanía de realizar denuncias y tachas.

Se entiende como denuncias “la información que esté destinada a cuestionar la integridad o la ética del postulante, así como para señalar presuntas responsabilidades administrativas, civiles o penales”. Mientras que, la tacha “se refiere al incumplimiento de requisitos, la existencia de inhabilidades o la falta de idoneidad y capacidad profesional del postulante” (artículo 20 de la Ley).

Según el cronograma establecido, las denuncias y tachas deberán realizarse antes de las fiestas de navidad, pero si no se asegura el principio de acceso a la información (a través del portal de trasparencia) este será un momento que no logrará superar por completo las prácticas del pasado, y será una oportunidad perdida para una mayor depuración de los candidatos y candidatos en la búsqueda de la integración del máximo tribunal de justicia con personas idóneas, capaces e integras, una aspiración ciudadana en el actual contexto de transición política.

Es urgente un mayor respaldo ciudadano a la Junta Nominadora

El trabajo hasta ahora realizado por la Junta y su capacidad colegiada de resistir y superar las presiones de los grupos tradicionales, ha sido reconocido por amplios sectores de la sociedad. Ahora está próximo el momento más crítico proceso, el que estará marcado por la selección de la nómina final que se enviará al Congreso Nacional.

La pérdida de control, por lo menos parcial, de los grupos de poder sobre este proceso que es clave en la reconstrucción del Poder Judicial, plantea riesgos de apartarse de las grandes expectativas ciudadanas por un sistema judicial independiente. Los diferentes recursos de inconstitucionalidad presentados, mantienen abierto el peligro de la reversión completa de lo que se ha avanzado y si eso ocurriera, la probable apertura de una crisis institucional de impredecibles consecuencias.

En esas circunstancias, un mayor apoyo y acompañamiento de la diversidad de organizaciones de la sociedad civil y movimientos sociales a este proceso de selección, es urgente y necesario.  Igualmente, y de manera simultánea, será de suma importancia la determinación de la Junta Nominadora de guiarse por los principios de máxima publicidad y transparencia, asegurando el acceso a la ciudadanía de la información permitida por la ley en el portal de transparencia.

La articulación de estos dos elementos son claves para avanzar hacia una Corte Suprema de Justicia idónea, integra e independiente que pueda ser un punto de partida en la refundación del Estado democrático de derecho.

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