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Corrupción, clientelismo político y una democracia débil, el legado del 116-2019

Escrito por: Rubén Escobar

Tres años después de que se publicara en La Gaceta el decreto 116-2019, el debate para su derogatoria parece olvidado en algún archivo del Congreso Nacional, en un contexto de argumentos que en nada abonan a la lucha anticorrupción.

La Ley Especial para la Gestión, Asignación, Ejecución, Liquidación y Rendición de Cuentas de Fondos Públicos para Proyectos de Orden Social, Comunitarios, Infraestructura y Programas Sociales, mejor conocida como Ley del Fondo Social Departamental, se compone de 22 artículos.

Fue publicada el 18 de octubre del 2019, durante el gobierno del ex presidente de Honduras, Juan Orlando Hernández, y el también miembro del Partido Nacional, Mauricio Oliva, en la presidencia del Congreso Nacional.

Para la aprobación de esta ley, los congresistas establecieron como argumentos que, de forma frecuente, “los diputados se ven en la necesidad de desplazarse a diferentes regiones de sus departamentos a fin de conocer la problemática que enfrenta cada uno de los municipios” y que “reciben solicitudes de apoyo para cuestiones sociales y de infraestructura, que tienen como objeto mejorar la calidad de vida de la población, pero en la actualidad no disponen de un fondo que ayude a realizar las actividades de apoyo social”.

Pero, arguyendo, además, que las necesidades de la población no se encuentran previstas en los programas de las diversas instituciones del Estado, los diputados decidieron ampliar el ámbito de aplicación del decreto, para que los programas de ayudas y proyectos sociales especiales también se ejecuten por instituciones públicas del gobierno central y/o descentralizadas; corporaciones municipales, organizaciones no gubernamentales, fideicomisos y cualquier persona natural o jurídica.

Sin embargo, para diversos sectores, el propósito del Decreto 116-2019, es blindar o bloquear la acción penal a funcionarios sobre el manejo fraudulento del dinero público.

Según declaraciones del actual presidente del Legislativo, Luis Redondo, al momento de aprobarse este decreto, los únicos diputados que votaron en contra fueron él mismo, Doris Gutiérrez, David Reyes y Tomás Ramírez. El resto de las bancadas votó a favor o se abstuvo de pronunciarse.

Clientelismo político y democracia

Para el abogado constitucionalista Oliver Erazo, esta clase de disposiciones que permiten no solo a los diputados gestionar fondos para obras, generan corrupción y facilitan el clientelismo político, en detrimento de buenas prácticas democráticas.

“Eso hace que el electorado se vaya prostituyendo”, señaló Erazo, al punto que en muchas comunidades los ciudadanos se niegan a participar en procesos democráticos o de desarrollo de su entorno si no es a cambio de un beneficio económico.

“Actualmente te dicen, claramente, ¿y qué me va a regalar usted? ¿qué nos va a tirar al pecho?”, refirió.

Los recursos del Estado para diputados y funcionarios públicos también limitan la posibilidad de participación política de quienes no tienen algo que ofrecer a los ciudadanos. “Entonces el mismo político genera nichos de pobreza, que se convierten en los nichos de sus electores. Es decir, en base a la pobreza crean nichos de electores por necesidad, así son los cacicazgos en los departamentos”.

Mientras, para el abogado y analista Raúl Pineda Alvarado, la existencia de esta clase de fondos, a través de leyes o decretos como el 116-2019, le quita independencia al diputado “porque el presidente del Congreso institucionalmente decide a quien le da y a quién no le da”.

Entonces, “el problema está en que al diputado lo mantienen todo el tiempo con la mano extendida”, pues de no hacerlo corre el riesgo de que fortalezcan a su opositor político en el departamento.

Pineda aseguró que históricamente la presidencia del Congreso “es la institución más antidemocrática que existe” porque para lograr sus propósitos controla a los diputados mediante mecanismos como viajes, prebendas, privilegios y subsidios.

El “diputado que no se sintoniza con la política del presidente del Congreso no tiene ningún subsidio o los tiene muy limitados”, afirma, mientras enfatiza que “esto somete, debilita y coarta la independencia del diputado, que es el tesoro más grande que debe cuidar”.

Demandó que los políticos entiendan que el legislador no está para andar comprando conciencias, ni haciendo populismo barato, ni comprando votos a través del mal uso de los recursos del Estado.

“Ser diputado es una actividad muy noble, muy digna y en el fondo es la médula misma de la democracia. La democracia no solamente es ir a elecciones, es mantener el modelo republicano, la libertad de expresión y por sobre todo la independencia de los poderes”, acotó.

Vía libre a la impunidad

Pero más allá del manejo de fondos que la ley le asigna a los funcionarios públicos, lo que se cuestiona fuertemente es que el artículo 13 le adjudica al Tribunal Superior de Cuentas (TSC), la facultad de control y auditoría de esos recursos.

Mientras, en el artículo 16 se establece que mientras se desarrolle la auditoría y hasta que no haya una resolución definitiva no se puede ejecutar ninguna acción administrativa, civil o penal, independientemente de la fase en que se encuentre una investigación que haya encontrado responsabilidades en el manejo de fondos.

En el caso que la auditoría del TSC encuentre el uso de fondos sin respaldo, debe notificar al auditado. Si la persona implicada no logra desvanecer su responsabilidad, debe restituir los recursos faltantes más una multa equivalente al 2% del dinero desviado, y los intereses que el Tribunal deberá calcular.

Lo inverosímil de la ley, es que le da al implicado hasta cuatro años para restituir ese dinero. Una vez que esto ocurra, el TSC debe emitir una constancia de solvencia o finiquito, un documento que exime al investigado de cualquier tipo de responsabilidad de naturaleza civil, penal o administrativa.

Solo al concluir este proceso, si el investigado no ha devuelto el dinero, se podrá remitir un informe a la Fiscalía para que proceda a requerírsele penalmente, si así lo estima conveniente. Es decir, se convierte en un mecanismo para lavar la corrupción.

Pero, mientras eso establece la Ley, el titular de la Unidad Fiscal Especializada Contra Redes de Corrupción (UFERCO), Luis Javier Santos, asegura que el TSC ha entregado finiquitos a personas que no ejecutaron las obras prometidas y que desviaron los recursos a sus cuentas particulares.

El último caso conocido en el que se favoreció a un diputado, cuatro exdiputados y al menos a 9 personas particulares es el denominado “Red de corrupción en el Congreso Nacional”, un caso de corrupción mediante el cual la UFERCO requirió al diputado Alberto Chedrani, a los exdiputados José Oswaldo Ramos Soto, Ricardo Antonio Díaz Aceituno, José Vicente León Rojas y Rodimiro Mejía Merino; a cuatro empleados de ONG y cinco particulares. A ellos se les acusó del desvío de casi 19 millones de lempiras.

El 1 de septiembre de 2022, una jueza determinó aplicar el decreto 116-2019 y decidió sobreseerlos. Cuando el presidente del Congreso, Luis Redondo, increpó públicamente a los magistrados del TSC por no remitir los informes al Ministerio Público, el presidente por ley en ese momento, José Juan Pineda, argumentó que las auditorías no estaban terminadas y, por tanto, el decreto les impide proceder.

El TSC y su papel ante la corrupción

El Tribunal Superior de Cuentas tiene su génesis en el Acuerdo de Consolidación Democrática firmado el 16 de enero de 2001, entre los partidos Nacional, Liberal y Demócrata Cristiano. Uno de los puntos acordados fue integrar las funciones de la Controlaría General de la República y la Dirección de Probidad Administrativa en una sola entidad.

Es decir, el TSC nace como parte de un acuerdo político y en el que existe la premisa no escrita de que sus tres magistrados son electos entre las principales bancadas del Congreso Nacional.

Los magistrados duran 7 años en sus cargos. Los actuales fueron electos en el 2016 y deberán vacar en el 2023. Pese a que se postularon más de 100 candidatos, en su momento se denunció que nuevamente habían primado las negociaciones políticas.

Los escogidos fueron los propuestos por el Partido Nacional, Juan José Pineda; por el Partido Liberal, Ricardo Rodríguez, y por Libertad y Refundación, Roy Pineda.

Debido al perfil político de quienes eligen a los magistrados y por las negociaciones que se hacen previo a la elección, existen cuestionamientos respecto a la lealtad de los funcionarios.

Para el analista Raúl Pineda Alvarado, el Tribunal “no es confiable”, porque “estos nombramientos son absolutamente condicionados, en el sentido de que hay un compromiso del electo con el que lo eligió”.

Pineda Alvarado dice que el problema de la corrupción “es sistémico” porque ni el TSC ni la Fiscalía hacen su trabajo. “El mecanismo de blindaje de la corrupción en Honduras es sumamente eficiente, el sistema está diseñado para proteger a los corruptos”, enfatiza quien fuera diputado durante dos periodos (desde mediados de los 90), además de asesor del Congreso Nacional.

Este entrevistado reconoce que cuando él fue diputado los subsidios eran de 5,000 lempiras (unos 580 dólares en 1994). Pero en los últimos años, las cifras alcanzan millones de lempiras, dependiendo del grado de fidelidad con el presidente del Legislativo.

Mientras, para el abogado Erazo, el papel del TSC resulta de “doble cara”, en el sentido de que cuando hay interés hacen su trabajo “a la perfección, pero cuándo no, hay un millón de excusas”.

No hay ambiente para derogar

La derogatoria de la normativa a la que se le denomina pactos de impunidad, constituida en el Congreso que presidió Mauricio Oliva (2014-2022), del Partido Nacional, fue un planteamiento de la alianza política conformada por Libre y el Partido Salvador de Honduras, durante la campaña política del 2021 en la que salió electa Xiomara Castro como presidente de Honduras.

Según Redondo, desde el 8 de febrero de 2022 presentó un proyecto de ley para derogarlos. En abril se sometió ante el pleno del Congreso la derogatoria del decreto 116-2019, la que fue aprobada en sus dos primeros debates. Sin embargo, hay que aclarar que los congresistas no suelen prestar atención a estas etapas del proceso y se superan como un mero formalismo.

Es en el tercer debate el momento en que ocurre una votación real. La ley, mal llamada Ley del Fondo Departamental, establece en el artículo 21, que solo se puede derogar o reformar con dos tercios de los votos, es decir con 86, que no tiene el oficialismo.

El coordinador de la bancada del Partido Nacional, Tomás Zambrano, aseguró en ese momento que apoyarían abolir el decreto 116-2019 si Libre deroga la Ley de Amnistía, porque sostiene que ha permitido a algunos funcionarios del gobierno de Manuel Zelaya Rosales (2006-2009), ser sobreseídos de acusaciones de corrupción.

Para el exfiscal general y actual ministro asesor de la Presidencia en Transparencia y Combate a la Corrupción, Ángel Edmundo Orellana, “el problema es que si la bancada nacionalista acepta (derogarlo) una gran cantidad de sus miembros se van presos”.

Orellana aseguró que hay voluntad de una parte del Congreso Nacional en abolir ese estamento legal, pero se “necesitan los votos de la bancada del Partido Nacional, que es la más beneficiada con ese decreto que permitió la impunidad. Desde luego no los van a dar nunca, y con esa renuencia de la bancada nacionalista será imposible que se derogue”.

Recordó que la abolición de ese decreto es condición “sine qua non” en el memorándum de entendimiento de Naciones Unidas para la instalación de una Comisión Internacional Contra la Corrupción en Honduras (CICIH).

Si ese decreto no se deroga la CICIH no viene, eso está muy claro en el memorándum”, remarcó.

A criterio del abogado Pineda Alvarado, “no hay voluntad política” para derogar los pactos de impunidad. Asegura que “las leyes exageradamente injustas no constituyen derecho y un Congreso perfectamente pudiera derogar con mayoría simple toda esa legislación que se generó en el gobierno anterior y que pretenden blindar con el tema de la mayoría calificada”.

Enfatiza que los “actos nulos, contrarios a la ley, no generan ninguna consecuencia, entonces no se hace porque no se quiere hacer”. Pidió al Congreso asesorarse con expertos en derecho parlamentario.

Ante la inacción que prevalece sobre este tema, el fiscal Luis Javier Santos señaló en sus redes sociales que “si la sociedad civil no despierta y sale del confort en que se encuentra a pedir en las calles el establecimiento de una Misión Internacional, difícilmente vendrá una CICIH, difícilmente se derogará (el) ‘pacto de impunidad’, los casos más grandes quedarán en el olvido e impunidad”.

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