Escrito por: Aimée Cárcamo La Corte Suprema de Justicia que resulte electa para el período 2023-2030 deberá incluir al menos siete mujeres entre los 15 magistrados que integran el Poder Judicial, según el mandato de la nueva ley orgánica de la Junta Nominadora que ha venido a marcar un avance importante hacia la equidad de género. Desde 2002 a la fecha, los cargos de magistrados han sido ocupados por 28 hombres y 17 mujeres, de allí que el actual proceso de selección es visto con esperanza por el movimiento feminista que desde el siglo pasado ha luchado en las calles por el reconocimiento de sus derechos y capacidades. Sin embargo, las fuentes consultadas coinciden en que una mayor presencia de mujeres en la Corte no necesariamente implica que los derechos humanos de este segmento de la población, que es mayoritario con 4.9 millones versus los hombres, con 4.6 millones (INE), serán una prioridad. Una Corte masculina Hasta el triunfo de Xiomara Castro en las elecciones generales de noviembre de 2021, que la convirtieron en la primer mujer presidenta de Honduras, la Corte Suprema de Justicia era el único poder del Estado que había estado presidido por una mujer. En el 2002, después de más de 120 años de un puesto ocupado solo por hombres, Vilma Morales asumió la titularidad en el Poder Judicial. Pero después de ella ninguna mujer ha vuelto a mandar desde esa silla. La disparidad de género ha sido notoria también en los cargos de magistrados porque los hombres han sido mayoría. Antes de 2002, el Congreso Nacional elegía a los magistrados sin un proceso de selección previo, como el que empezó a realizar la Junta Nominadora después de su creación, en 2001, mediante una reforma constitucional. Los 15 magistrados electos para el período 2002-2009 eran nueve mujeres (entre ellas Morales) y ocho hombres. Pero desde allí las mujeres no han vuelto a tener tal superioridad numérica y la desventaja a la que se enfrentan ha tenido que ver, en parte, con la escasa participación y también con un proceso de selección en el cual los hombres son mayoría. Para el caso, en el proceso de selección de magistrados del período 2008-2009, de un total de 200 candidatos, tanto los que fueron propuestos por las siete organizaciones que integran la Junta Nominadora como los autopropuestos, 137 eran hombres y 63 mujeres. Es de mencionar que, entre los propuestos por la JN, 78 eran hombres y 39 mujeres. Proporción de mujeres y hombres en la CSJ 2002-2023 Período Magistrados hombres Magistradas mujeres 2002-2009 6 9 2009-2016 12 3 2016-2023 10 5 En el actual proceso de selección, por mandato de la nueva ley orgánica de la Junta Nominadora, todos los participantes son autopropuestos: se postularon 132 hombres y 53 mujeres. Otro dato que llama la atención es que de los 56 integrantes de las Juntas Nominadoras que se han formado desde el período 2001-2002 al 2022-2023, 43 han sido hombres y solo 13 mujeres, entre propietarios y suplentes. Paridad de género en la nueva ley y la elección de la nueva CSJ En dos sesiones realizadas el 16 y 18 de julio pasado, el Congreso Nacional aprobó la Ley Especial de Organización y Funcionamiento de la Junta Nominadora para la Proposición de Candidaturas a Magistrados de la Corte Suprema de Justicia, enviada por el Poder Ejecutivo, a través de la Secretaría de Transparencia y Anticorrupción. Si bien en la ley aprobada se eliminaron o modificaron algunos incisos torales que contenía el proyecto original, se le considera un avance hacia el establecimiento del Estado de derecho y la equidad de género. Mientras la ley de la Junta Nominadora anterior no incluía ninguna disposición relativa a la paridad de género, la normativa actual manda que la nómina, de al menos 45 candidatos que debe ser enviada al Congreso Nacional, esté integrada por las 23 mujeres y los 22 hombres mejor evaluados. “En ningún caso podrá variarse la proporcionalidad entre mujeres y hombres”, señala el artículo 21. Además, obliga a que de los 15 magistrados de la Corte Suprema de Justicia que sean elegidos, por mayoría calificada en el Congreso, al menos siete sean mujeres. En el caso de los integrantes de la Junta Nominadora, la nueva ley también manda que al menos uno de los representantes de las siete organizaciones, ya sea el titular o el suplente, debe ser mujer. Candidatos al cargo de magistrados de la CSJ Período JN Hombres Mujeres Total 2008-2009 137 63 200 2022-2023 97 37 134 Lucha feminista “Esta ley que obliga a la inclusión de las mujeres es el resultado de la lucha que históricamente el movimiento feminista ha hecho en el país para visibilizar el papel de las mujeres y su capacidad en todos estos espacios”, dijo la coordinadora del Movimiento de Mujeres por la Paz Visitación Padilla, Merly Eguigure. Uno de los principales logros del movimiento feminista fue el reconocimiento, en 1955, del derecho de las mujeres a ejercer el sufragio, rememoró la entrevistada, quien planteó, además, que “si no fuera a través de ese mecanismo es probable que las mujeres ni siquiera estarían en la Junta Nominadora, porque siempre se han visto estos espacios de toma de decisiones como espacios eminentemente masculinos, donde se cree que las mujeres no tenemos capacidad de aportar”. De su lado, la coordinadora del Equipo Jurídico por los Derechos Humanos (EJDH) en Honduras, Claudia Hermannsdörfer, declaró que la nueva normativa es parte de un proceso con el que las mujeres “vamos ganando espacios y a la larga van a haber beneficios”. Según su criterio, esos cambios son “correctos” y tienen como objetivo presionar, motivar e impulsar que más mujeres participen en los espacios públicos. Sin garantía Sin embargo, Eguigure y Hermannsdörfer coincidieron en que la presencia de más magistradas en la Corte Suprema no es garantía ni significa que las escogidas van a abogar por los derechos humanos de las mujeres ni que ese tema será tratado con la seriedad que amerita. Para el caso, en la actual