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POSICIONAMIENTO MESA DE PROPUESTAS DE REFORMAS ELECTORALES SOBRE LAS REFORMAS RELATIVAS A LICENCIAS E INTERINATOS EN EL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL

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La Mesa de Propuestas de Reformas Electorales, espacio de diálogo y construcción de consensos integrado por organizaciones de sociedad civil, sobre el Decreto No. 15-2026, aprobado por el Congreso Nacional correspondiente a una reforma de los artículos 14, 15 y 24 de la Ley Electoral sobre licencias, ausencias y suplencias, se pronuncia de la siguiente manera:

1. La Mesa considera que las reformas incorporadas mediante el Decreto No. 15-2026 a la Ley Electoral de Honduras presentan evidentes vicios de inconstitucionalidad al contradecir expresamente el artículo 55 de la Constitución de la República en el que establece que los consejeros del CNE y los magistrados del TJE “no podrán realizar o participar de manera directa o indirecta en ninguna actividad partidista, ni desempeñar ningún cargo remunerado, excepto la docencia y las ciencias médicas.” La reforma realizada por el Congreso Nacional a la ley electoral rebasa el mandato constitucional.

2. El Decreto No. 15-2026 introduce la figura de consejeros en condición de licencia e interinos en el CNE mediante una reforma a la Ley Electoral, sin atender la prohibición que impone la Constitución sobre el ejercicio del cargo. Si bien el Congreso Nacional tiene potestad para desarrollar la organización y funcionamiento de las instituciones, no puede hacerlo en contravención de disposiciones expresas de la Constitución, en particular sobre la creación de los interinatos y la prohibición de que las y los consejeros del CNE ejerzan simultáneamente otras actividades remuneradas a excepción de docencia y medicina.

3. Las disposiciones aprobadas debilitan las garantías de independencia e imparcialidad de la autoridad electoral al permitir que una persona ejerza otros cargos públicos mientras conserva la titularidad del órgano electoral y genera un precedente de flexibilización de normas constitucionales mediante ley ordinaria.

4. No postergar la elección para cubrir las vacantes del CNE y el TJE con base en méritos profesionales y perfiles independientes de injerencias partidarias y avanzar en la aprobación de una ley de selección de altos funcionarios en el Congreso Nacional.

5. La Mesa de Propuestas de Reformas Electorales demanda al Congreso Nacional a derogar las disposiciones incorporadas mediante el Decreto No. 15-2026 relativas a licencias para el desempeño de otros cargos e interinatos en el Consejo Nacional Electoral, por resultar incompatibles con los artículos 52 y 55 de la Constitución de la República.
La independencia de la autoridad electoral constituye una condición esencial para la legitimidad de los procesos electorales. Por ello, las reformas a la ley electoral deben observar estrictamente la inviolabilidad de la Constitución de la República conforme al artículo 375.

Tegucigalpa, M.D.C., a los 25 días del mes de junio del 2026.

Centro de Estudio para la Democracia (CESPAD)
Consejo Nacional Anticorrupción (CNA)
Foro de Mujeres Políticas de Honduras (FMPH)
Frente Nacional para Elecciones Limpias (FRENAEL)
Movimiento PATRIA
Red por la Defensa de la Democracia (RDD)
Red por la Equidad Democrática en Honduras (REDH)
Unión Nacional de Ciegos Hondureños (UNCIH)
Universidad José Cecilio del Valle (UJCV)

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