Escrito por Lucía Vijil Saybe
La llegada de Nasry Asfura al gobierno de Honduras ha rearticulado y movilizado la dinámica territorial los últimos meses. Entre el 27 de enero y mayo del 2026[1], predominaron movilizaciones vinculadas a la demanda de justicia por el asesinato de Berta Cáceres, el cumplimiento de sentencias internacionales, la defensa del territorio nahua y el acceso a tierra. A partir de junio[2], con la aprobación de los decretos 84-2026 (reformas al Código Penal y Procesal Penal) y 107-2026 (Ley de Fortalecimiento a la Agroindustria) se produjo una articulación a nivel nacional mediante bloqueos, campamentos permanentes, recursos de inconstitucionalidad, amparos, hábeas corpus preventivos, iniciativas ciudadanas de juicio político y denuncias públicas.
Las acciones responden a seis demandas centrales:
- Derogación o inaplicabilidad de normas lesivas, particularmente el Decreto 93-2021 (relacionado con el delito de usurpación), el Decreto 84-2026 (que amplió la definición de asociación terrorista) y el Decreto 107-2026 (Ley de Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial, Energético, Turístico y Ganadero).
- Acceso y seguridad jurídica sobre la tierra, mediante una reforma agraria integral, la atención de la mora agraria, la transferencia de tierras incautadas al Instituto Nacional Agrario (INA) y el reconocimiento de títulos campesinos e indígenas.
- Cese de los desalojos y la criminalización, especialmente del uso de los delitos de usurpación, asociación terrorista, coacción y amenazas contra personas defensoras de derechos humanos y territoriales.
- Cumplimiento de las sentencias de la Corte IDH, sobre las comunidades garífunas de San Juan, Triunfo de la Cruz, Punta Piedra y Cayos Cochinos.
- Protección de bienes naturales y territorios, frente a la minería, la extracción maderera, los monocultivos, los megaproyectos turísticos, los proyectos energéticos y otras actividades extractivas.
- Justicia y rendición de cuentas, tanto por los asesinatos de personas defensoras como Berta Cáceres y Juan López, así como por los desalojos, la persecución y la violencia en el Bajo Aguán y en los territorios indígenas y garífunas.
Estas demandas evidencian una alianza entre el Estado y sectores empresariales: agroindustria, ganadería, turismo, energía y otras actividades extractivas que garantiza a los últimos, condiciones privilegiadas para influir en las decisiones públicas y avanzar sobre los territorios.
A esta dinámica la denominamos corporativismo extractivo: una modalidad de intermediación de intereses en la que el Estado reconoce, habilita o privilegia de manera selectiva a determinados actores empresariales en los espacios donde se definen leyes, concesiones, licencias, incentivos, infraestructura y mecanismos de control. Esta lectura retoma los aportes sobre corporativismo y representación de intereses (Schmitter, 1974, 1979), la selectividad de las instituciones estatales frente a distintos actores y estrategias (Jessop, 1990, 2008), y los estudios sobre la intervención del Estado en la expansión de las actividades extractivas y el acaparamiento privado de los bienes naturales (Azamar Alonso, 2019; Brand et al., 2016; Gudynas, 2015).
En Honduras, esta relación se manifiesta cuando las leyes, políticas e instituciones favorecen determinados intereses económicos; cuando las comunidades participan en condiciones desiguales en las decisiones que afectan sus territorios; y cuando los mecanismos estatales de seguridad, justicia y administración protegen proyectos de inversión, mientras restringen o criminalizan las acciones de quienes defienden la tierra y los bienes naturales.
Aunque el Estado y sus instituciones no actúan siempre de manera uniforme, los hechos permiten advertir un patrón: los sectores empresariales disponen de mayores posibilidades para incidir en las normas y decisiones públicas, mientras las comunidades campesinas, indígenas y garífunas enfrentan mayores obstáculos para proteger sus territorios y obtener respuestas institucionales a sus demandas.
Tres dimensiones del corporativismo extractivo en Honduras
Los hechos registrados durante los últimos meses permiten observar que el corporativismo extractivo no opera mediante una norma aislada, sino a través de un entramado de decisiones legislativas, administrativas, presupuestarias y judiciales.
- Los intereses empresariales como prioridad estatal
El Estado define qué actividades económicas proteger y a qué actores priorizar. Muestra de ello es la aprobación, el 3 de junio de 2026, del Decreto 107-2026: Ley para el Fortalecimiento y Protección del Sector Agroindustrial, Proyectos de Energía, Turismo, Ganadería y Pequeños Productores Agrícolas de Honduras.
Esta normativa declara de interés, prioridad y protección nacional las actividades comprendidas en esos sectores y subordina el interés público a la seguridad jurídica de la inversión y la estabilidad de la propiedad. Bajo esta lógica, la tierra comienza a ser tratada principalmente como activo productivo, soporte de inversión y espacio de valorización, relegando su función social y su vinculación con la reforma agraria, la redistribución y la justicia territorial (CESPAD, 2026).
El decreto incluye disposiciones orientadas a declarar la inafectabilidad de tierras agroindustriales, la agilización de permisos, licencias mediante procedimientos extraordinarios y la garantía de circulación de productos incluso durante protestas. En la práctica, estas medidas fortalecen la protección jurídica de la gran propiedad y aseguran la continuidad de las actividades económicas consideradas estratégicas[3].
Al mismo tiempo, se observa una transformación del papel estatal frente a los conflictos agrarios y ambientales. Las funciones de reforma agraria, mediación, titulación, saneamiento y protección de los bienes naturales pierden peso frente a las tareas de facilitación de inversiones, protección de la propiedad y control territorial. Un indicador de este desplazamiento es la reducción de 17.9 millones de lempiras en el presupuesto del INA para 2026, la primera disminución registrada desde 2021[4].
- Del conflicto territorial al control penal y coercitivo
La segunda dimensión aparece cuando las disputas por la tierra, el territorio y los bienes naturales dejan de ser tratadas como demandas de derechos para abordarse como amenazas a la propiedad y al orden público. Las reformas relacionadas con el delito de usurpación, la ejecución de desalojos preventivos y la ampliación de la figura de asociación terrorista trasladan los conflictos agrarios e históricos al ámbito penal.
Estas normas amplían los supuestos que pueden aplicarse a ocupaciones colectivas, bienes públicos, proyectos de inversión y espacios de uso común, al tiempo que habilitan procedimientos más expeditos de desalojo. De esta manera, conflictos originados en la desigual distribución de la tierra, la mora agraria o la falta de reconocimiento de derechos ancestrales son trasladados al ámbito penal y de seguridad[5].
La protección estatal es asimétrica: mientras la nueva legislación garantiza la continuidad de la producción y la circulación de productos agroindustriales, incluso en escenarios de protesta, las recuperaciones de tierra y los campamentos se penalizan. Esta asimetría coexiste con los conflictos relacionados con megaproyectos y con la impunidad sistemática en los crímenes contra personas defensoras, como los asesinatos de Berta Cáceres y Juan López.
El desalojo en la comunidad garífuna de San Juan (6 de julio de 2026) sintetiza esta dimensión: destrucción del campamento y de herramientas de trabajo vinculadas a la agricultura y la pesca, con la detención y posterior judicialización de cinco personas defensoras, la vigencia del nuevo régimen de protección agroindustrial y la controversia sobre sus derechos colectivos muestran cómo pueden articularse instrumentos legales, administrativos, judiciales y policiales en un mismo territorio[6].
Esta dinámica también alcanza los espacios sujetos a protección ambiental. Una lógica similar se observa en El Merendón, donde la recategorización o redefinición de un área de reserva responde a las presiones de determinados intereses económicos o proyectos de infraestructura.
- Derechos subordinados y nuevas formas de resistencia territorial
La tercera dimensión se refiere a los efectos de estas decisiones sobre las comunidades y sus posibilidades reales de participar en los asuntos que afectan sus territorios. Aunque el Estado tiene obligaciones en materia de consulta previa, acceso a la información y protección de los derechos colectivos, las comunidades campesinas, indígenas y garífunas afrontan condiciones de marcada desigualdad frente a las empresas y los grupos económicos.
El caso de San Juan evidencia la tensión entre las decisiones de desalojo y las obligaciones internacionales del Estado respecto de los territorios garífunas. De igual manera, la sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos en el caso Comunidad Garífuna de Cayos Cochinos y sus miembros vs. Honduras reafirma la obligación de garantizar la consulta previa, libre e informada y de respetar la relación colectiva de las comunidades con sus territorios y bienes naturales. Pese a ello, el Estado insiste en decisiones unilaterales y respuestas institucionales tardías[7].
Ante el cierre de los canales institucionales y las condiciones desiguales de participación, las comunidades han comenzado a articular nuevas alternativas de representación e incidencia. El campamento garífuna y su articulación con la OFRANEH, el COPINH, la Plataforma Agraria del Aguán, cooperativas campesinas y la Alianza Campesina, Indígena, Garífuna y Popular muestran que la respuesta social combina la ocupación territorial con la batalla jurídica.
Ejemplo de ello es la interposición de 16 recursos de inconstitucionalidad contra el Decreto 107-2026. Estas acciones convierten el campamento en algo más que un espacio de protesta: lo constituyen en un punto de encuentro entre luchas territoriales que, hasta hace poco, podían aparecer dispersas. Desde ahí comienza a construirse una representación socioterritorial propia y una agenda común frente a decisiones estatales que las organizaciones consideran favorables a intereses empresariales[8].
Las tres dimensiones permiten observar una misma trayectoria: determinados intereses económicos son elevados a prioridad estatal; esa prioridad se traduce en normas y mecanismos de protección territorial y coerción; y las comunidades afectadas responden mediante nuevas formas de articulación, representación y resistencia. El corporativismo extractivo se concreta, entonces, en la relación desigual entre quienes tienen capacidad para influir en las decisiones públicas y quienes deben movilizarse para defender derechos que el propio Estado está obligado a garantizar.
A manera de reflexión final
El mayor riesgo de esta dinámica es la naturalización del corporativismo extractivo. Los intereses de los sectores económicos adquieren fuerza política cuando el Estado convierte los intereses privados en prioridades nacionales y leyes de la República. Esa relación entre poder económico y actuación estatal también fija los límites de la ciudadanía: determina qué demandas son legítimas y cuáles serán tratadas como amenazas. La disputa territorial deja al descubierto, entonces, quiénes tienen capacidad para convertir sus intereses en decisiones de Estado y qué consecuencias habrá para quienes habitan y defienden esos territorios.
Los próximos meses mostrarán si el Estado corrige esta desigualdad o termina institucionalizándola. Mientras el sector empresarial mantenga un acceso directo a la formulación de políticas públicas, las comunidades solo experimentarán la presencia del Estado mediante desalojos, criminalización o respuestas judiciales tardías. En estas condiciones, su participación en las decisiones sobre los territorios resulta prácticamente inexistente.
De cara al futuro, cabe preguntarse: ¿tendrá el Estado hondureño la capacidad y la voluntad política para recuperar su función de mediación y garantizar a las comunidades el derecho a decidir sobre sus territorios, o terminará consolidando el corporativismo extractivo como su forma permanente de gobierno?
Referencias
Azamar Alonso, A. (2019). Extractivismo corporativista en México: Minería en Guanajuato. Economía y Sociedad, 24(55), 72–91. https://doi.org/10.15359/eys.24-55.5
Brand, U., Dietz, K., & Lang, M. (2016). Neo-extractivism in Latin America—One side of a new phase of global capitalist dynamics. Ciencia Política, 11(21), 125–159. https://doi.org/10.15446/cp.v11n21.57551
Gudynas, E. (2015). Extractivismos: Ecología, economía y política de un modo de entender el desarrollo y la naturaleza. CEDIB.
Jessop, B. (1990). State theory: Putting the capitalist state in its place. Polity Press.
Jessop, B. (2008). State power: A strategic-relational approach. Polity.
Schmitter, P. C. (1974). Still the century of corporatism? The Review of Politics, 36(1), 85–131. https://doi.org/10.1017/S0034670500022178
Schmitter, P. C. (1979). Still the century of corporatism? En P. C. Schmitter & G. Lehmbruch (Eds.), Trends toward corporatist intermediation (pp. 7–52). Sage Publications.
[1] Más información: https://www.hondudiario.com/2026/03/08/mujeres-marchan-en-honduras-contra-la-violencia-machista-y-por-justicia-para-berta-caceres/?utm_source=chatgpt.com; https://proceso.hn/ofraneh-presenta-accion-constitucional-en-la-csj-por-incumplimiento-de-sentencias-internacionales/; https://criterio.hn/campesinos-se-movilizan-mientras-gobierno-analiza-endurecer-delito-de-usurpacion/; https://www.defensoresenlinea.com/pueblos-nahuas-de-olancho-denuncian-criminalizacion-y-despojo-de-tierras-ancestrales/
[2] Más información: https://criterio.hn/garifunas-mantienen-resistencia-y-exigen-anular-juicio-y-derogar-ley-agroindustrial-en-honduras/; https://proceso.hn/campesinos-presentan-recurso-de-inconstitucionalidad-contra-ley-de-fortalecimiento-agroindustrial/; https://criterio.hn/impulsan-juicio-politico-contra-tomas-zambrano-y-otros-15-diputados-por-ley-agroindustrial/; https://hch.tv/acainph-presentan-16-recursos-de-inconstitucionalidad-contra-el-decreto-107-2026-ante-la-corte-suprema-de-justicia/; https://criterio.hn/campesinos-unen-fuerzas-junto-a-garifunas-en-campamento-viva-berta-para-reclamar-sus-derechos/
[3] Más información: https://observatorio.cespad.org.hn/wp-content/uploads/2026/06/Informe-de-Conflictividad-Socioterritorial-Observatorio-2026.pdf
[4] Más información: https://observatorio.cespad.org.hn/wp-content/uploads/2026/06/Informe-de-Conflictividad-Socioterritorial-Observatorio-2026.pdf
[5] Más información: https://observatorio.cespad.org.hn/wp-content/uploads/2026/09/Boletin-04-2026-1.pdf
[6] Más información: https://cespad.org.hn/analisis-semanal-san-juan-el-debut-del-despojo-bajo-el-nuevo-regimen-de-proteccion-industrial/
[7] Más información: https://corteidh.or.cr/docs/casos/articulos/seriec_576_esp.pdf
[8] Más información: https://observatorio.cespad.org.hn/wp-content/uploads/2026/09/Boletin-04-2026-1.pdf